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Visa para Turismo

Las visas para turismo pueden tramitarse ante cualquier Representación Consular de la República Argentina. El plazo de permanencia autorizado para este tipo de visa es de hasta noventa (90) días.

El trámite es personal, por lo que el solicitante deberá tomar contacto con la Representación Consular correspondiente a fin de concertar una cita y coordinar la presentación de la documentación.

 

Requisitos: 
  • Pasaporte válido con vigencia mínima de 6 meses a la fecha de ingreso al país, y al menos una hoja (dos carillas) en blanco disponible.
  • Dos (2) fotografías actuales 4x4cm, de frente, a color, fondo blanco.
  • Formulario de solicitud de visa FSV completo (preferentemente en forma electrónica) y firmado olográficamente por el solicitante.
  • Constancia de solvencia económica (por ejemplo, últimos recibos de haberes, último resumen de tarjeta de crédito o último resumen de cuenta bancaria, entre otros).
  • Reserva de pasaje de ida y vuelta (se recomienda no adquirir los pasajes hasta tanto la visa no haya sido otorgada).
  • Reserva hotelera e itinerario turístico.
  • En caso de no contar con reserva hotelera, y si mediara invitación de persona física, una carta de invitación.
  • Entrevista consular.

 

Importante: La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO.

La enumeración precedente no es taxativa y la autoridad consular podrá requerir documentación supletoria o adicional, según lo estime pertinente.

EL SÓLO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS NO GARANTIZA EL OTORGAMIENTO DE LA VISA, SIENDO ESTA UNA PRERROGATIVA EXCLUSIVA DEL ESTADO ARGENTINO

Costo: 

Arancel consular: $150 (Dólares estadounidenses o Euros, según la Representación Consular de tramitación, pagaderos en la moneda local donde se ubica la Representación).

Observaciones: 

La información aquí disponible no es aplicable a ciudadanos de la República Popular China, a quienes se aplican requisitos diferenciales en virtud de un acuerdo internacional vigente en la materia.

Documentación