Requisitos:
Documentación a presentar:
- Nota solicitando la Transferencia firmada por el Jefe de Misión o su Subrogante Legal, que indique quién transfiere y quién recibe el vehículo en cuestión. Cuando el vehículo fuera para uso particular, deberá contar también con la firma del/los beneficiario/s interesado/s.
- Se podrá presentar una nota conjunta o una nota por cada Representación diplomática interviniente, que deberá contar con las firmas de los Jefes de Misión/Subrogantes Legales y/o beneficiarios interesados, según corresponda.
- Cuando el vehículo fuera importado:
a) Copia simple de la Franquicia de importación.
b) Copia simple del certificado de Despacho a Plaza aduanero. - Cuando el vehículo fuera de producción nacional:
a) Copia simple del certificado de autorización de compra.
b) Copia simple de la factura comercial de compra. - Formularios de solicitud:
a) Beneficiario que transfiere (vendedor): FDF N° 0021
b) Beneficiario que adquiere (comprador): FDF N° 0022
c) Beneficiarios –particulares- de la misma sede (comprador-vendedor): FDF N° 0023
La Transferencia se autorizará y entregará una vez devueltas las chapas patente, las cédulas y la oblea de identificación correspondientes.
En caso de tratarse de un vehículo importado, se requiere la carga de la destinación aduanera de Transferencia en el Sistema Informático Malvina (SIM) por parte de un Despachante de Aduana habilitado. La gestión termina con el desbloqueo de la destinación aduanera por parte de ésta Coordinación.
Normativa:
- Ley 24.449
- Decreto 25/1970
- Decreto 235/2008
- Resolución MRECIC 357/2008
- Resolución MRECIC 1339/2008
- Ley 19.486
- Decreto 5529/1972
- Resolución Gral AFIP 2009 - SECIN 174/2010