Trámite de nuevo ejemplar de DNI y/o Pasaporte para subsanar errores cometidos en la producción de un DNI/Pasaporte anterior.
Corresponde esta categoría de trámite cuando la persona advierte errores en los datos impresos (por ejemplo, en el nombre, apellido, sexo o domicilio); defectos de confección e impresión (por ejemplo, en la fotografía); u omisión de datos (por ejemplo, del CUIL o de los nombres de los progenitores en el caso de DNI de menores de edad).
- Ser ciudadano argentino residente en la circunscripción de la oficina consular en la que se solicita el turno.
- El trámite es personal y presencial con turno previo.
- Se deberán presentar los mismos requisitos que fueran solicitados al momento del trámite original.
- En el caso de trámites para menores de 18 años: El menor debe presentarse acompañado de quienes se encuentren en ejercicio de la responsabilidad parental, quienes deberán contar con DNI vigente o documento de identidad de su nacionalidad vigente si fuera extranjero. De no presentarse ambos progenitores, se deberá acompañar autorización específica –con las formalidades de legalización y/o traducción del caso- del progenitor ausente en la que se faculte EXPRESAMENTE a tramitar DNI y/o Pasaporte y posterior retiro. Si el menor tuviera un representante legal, éste deberá presentarse con su documento de identidad vigente y el documento correspondiente en el que conste tal carácter. Si uno de los progenitores hubiera fallecido, se deberá presentar la correspondiente partida de defunción.
IMPORTANTE: La autoridad consular podrá ampliar los requisitos descriptos, de conformidad con la normativa local y las particularidades del trámite solicitado.
NOTAS:
- El turno es personal por lo que se deberá solicitar un turno por cada integrante del grupo o familia. La solicitud y asignación de turnos es GRATUITA.
- Ante cualquier impedimento físico para la toma de datos biométricos (huellas y foto), se deberá presentar certificado o documento médico que acredite tal circunstancia.
- En el caso de presentar documentación extranjera (es decir, no emitida por autoridad argentina) la misma deberá estar debidamente legalizada/apostillada con la traducción al idioma español, de corresponder.
Trámite con costo. Se sugiere revisar la página web del consulado donde se solicita el turno para conocer importes y modalidades de pago.