Inicio / Servicios / Culto Catolico

Reconocimiento de Autoridades Eclesiásticas designadas por la Santa Sede

En virtud del art. 3° de la Ley 17.032 que implementa el acuerdo suscripto entre la Argentina y la Santa Sede el 10 de octubre de 1966, el Gobierno Argentino responderá si existen objeciones que oponer al nombramiento de la nueva autoridad eclesiástica: Arzobispos y Obispos titulares o coadjutores en un plazo de 30 días bajo el más estricto secreto. Cabe aclarar que, en el caso del nombramiento de Obispos auxiliares), Administradores Apostólicos o Diocesanos, dicha respuesta sobre si el Gobierno Argentino presenta objeciones no es necesaria, por lo que se realiza “de oficio” su reconocimiento.

Cuando la noticia del nuevo nombramiento realizado por la Santa sede se hace pública, se realiza el acto administrativo, y la Disposición de Reconocimiento correspondiente se publica en el Boletín Oficial de la República Argentina, extendiéndose el certificado de personería jurídica para presentar ante distintos organismos a fin de acreditar la nueva autoridad eclesiástica designada, enviándose el formulario para que registre su firma como así también la firma de las nuevas autoridades de curia que el nuevo Arzobispo u Obispo designado nomine.

Documentación