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SE FIRMÓ LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y DE SUS FAMILIARES

Jueves 12 Agosto 2004
Información para la Prensa N°: 
288/2004

     

El día pasado 10 de agosto, nuestro país procedió a la firma de la Convención
Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares, aprobada por las Naciones Unidas el
18 de diciembre de 1990.

     

En diciembre de 2002, la Asamblea General de Naciones Unidas exhortó
a todos los Estados Miembros que aún no hubieran ratificado la Convención,
a que consideraran urgentemente firmar y ratificar la Convención o adherirse
a ella, como cuestión prioritaria a fin de promover y proteger eficazmente
los derechos humanos fundamentales de todos los migrantes, de conformidad
con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los instrumentos
internacionales de derechos humanos.

     

La Convención de referencia, ha sido ratificada por veintidós Estados
y ha entrado en vigor el 1 de julio de 2003. Entre los Estados que la
han ratificado, varios de ellos son miembros de la Organización de los
Estados Americanos, a saber: Belice, Bolivia, Colombia, Ecuador, El
Salvador, Guatemala, México y Uruguay. Fuera de los Estados del continente,
son partes de la Convención los siguientes: Azerbaiyán, Bosnia y Herzegovina,
Burkina Faso, Cabo Verde, Egipto, Filipinas, Ghana, Guinea, Mali, Marruecos,
Senegal, Seychelles, Sri Lanka, Tayikistán y Uganda.

Entre
sus puntos principales, la Convención establece un catalogo amplio y
detallado de derechos humanos para los trabajadores migratorios y sus
familias que contempla tanto derechos civiles y políticos como económicos,
sociales y culturales. En este contexto, la Convención constituye el
instrumento mas ambicioso e integral por establecer derechos y obligaciones
específicos en este ámbito.

La
firma de la Convención por parte de la Argentina responde al incremento
en la importancia del tema migratorio, así como a las condiciones de
vulnerabilidad de las personas y trabajadores migratorios, que en numerosas
ocasiones deben enfrentar abierta hostilidad por parte de la población
local y de las autoridades. La situación es particularmente grave en
el caso de personas indocumentadas, cuya condición las expone a mayores
abusos.-

Buenos
Aires, 12 de Agosto de 2004