La OMC ha resuelto favorablemente para la Argentina la controversia sobre el Sistema de Bandas de Precios que Chile aplica a las exportaciones de trigo y harina de trigo, al haberlo declarado incompatible con la normativa comercial multilateral.
En su decisión, la OMC asimiló al Sistema de Bandas de Precios de Chile a un gravamen variable a la importación y a un precio mínimo de importación, lo que contradice las disposiciones del Acuerdo sobre la Agricultura. Asimismo, la OMC rechazó la interpretación del Sistema como un derecho de aduana propiamente dicho y, en consecuencia, dicho sistema no puede ser mantenido.
Este Sistema de Bandas de Precios ya fue objeto de otro pronunciamiento en su contra de la OMC en 2002 y el objeto de la presente controversia era la solicitud argentina de cumplimiento, por parte de Chile, del dictamen de la OMC aquella oportunidad.
Este fallo representa una primera instancia que, en caso de quedar en firme, facultará a la Argentina para recurrir a la suspensión de concesiones como último recurso.
La Argentina se complace de este resultado favorable a sus intereses y aboga por seguir trabajando conjuntamente con Chile y con el resto de los Miembros de la OMC- en la consolidación de un sistema de comercio multilateral, abierto y conforme a reglas, en particular en lo referido al comercio agrícola.
En este sentido, manifiesta su voluntad en seguir contribuyendo a la eliminación de todas las barreras arancelarias y no arancelarias- que impiden la colocación de los bienes agrícolas en los mercados internacionales.