El día 1ro de diciembre de 2003 entro en vigencia el convenio
suscripto entre la cancillería y el consejo federal del notariado
argentino mediante el cual se faculta a los colegios de escribanos de
la Republica Argentina a legalizar bajo el sistema de apostille, la
totalidad de documentos públicos que prevé el artículo
1ro de la convención de la haya de 1961.
Con este nuevo servicio, la Cancillería Argentina
simplifica notablemente el tramite de legalización mediante el
sistema de apostille, posibilitando que la ciudadanía pueda realizarlo
ante el colegio de escribanos más próximo a su lugar de
residencia, evitándose de esta manera innecesarias dilaciones
y costosos desplazamientos, como ocurrió hasta el presente.
Finalmente, cabe destacar que la Cancillería
mantiene su carácter de autoridad de aplicación de la
referida convención internacional, y que ejercerá la fiscalización
correspondiente sobre los colegios de escribanos, conforme quedo establecido
en los términos del convenio suscripto.
Buenos Aires, 9 de diciembre de 2003