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COMUNICADO CONJUNTO BRASIL – ARGENTINA

Miércoles 18 Noviembre 2009
Información para la Prensa N°: 
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Los Presidentes Cristina Fernández de Kirchner y Luiz Inácio Lula Da Silva, a fin de encontrar solución para determinados aspectos de las relaciones comerciales entre la Argentina y Brasil, acordaron:

De forma inmediata:

1. A partir del inicio de 2010, ambos países expedirán las licencias no automáticas en no más de 60 días. Será establecido un régimen más expeditivo para productos perecederos y estacionales. Será establecido un mecanismo de publicidad y transparencia para tales licencias no automáticas, con suficiente antelación, que eviten la interrupción de los flujos comerciales.

2. Ambos países realizarán un monitoreo estricto para evitar eventuales desvíos de comercio.

3. Ambos países no exigirán visado consular en el comercio bilateral.

4. Ambos países presentarán una propuesta concerniente a la Lista de Excepciones al AEC. En ese ejercicio se tomará en cuenta la oferta exportable existente en el Mercosur.

5. Ambos países actuarán conjuntamente para alcanzar la entrada en vigencia del Protocolo de Compras Gubernamentales del Mercosur.

Adicionalmente,

6. Los dos países fortalecerán su accionar para garantizar un desarrollo productivo integrado, de modo de permitir progresivamente un mayor equilibrio en las relaciones económicas y comerciales y teniendo en consideración los acuerdos sectoriales existentes. Para ese fin, se trabajará sobre una agenda amplia en función de aquellos objetivos y la meta común de profundizar la integración bilateral y así fortalecer al Mercosur.

Entre las cuestiones a ser abordadas, se contemplará el perfeccionamiento de los acuerdos entre sectores privados para asegurar su cumplimiento y evitar impactos adversos de aumentos substanciales de importaciones en determinados sectores.

De la misma forma, serán incluídas en la agenda de trabajo todas las cuestiones que puedan afectar al comercio bilateral, tales como las relativas a valores criterio, procedimientos de investigación, incentivos y otras.
7. Queda establecida una Comisión Ministerial integrada por los respectivos Cancilleres y Ministros responsables de las áreas de Economía, Hacienda, Producción e Industria y Comercio, que se reunirá cada 45 días para evaluar el conjunto de la relación comercial entre los dos países, inclusive las cuestiones mencionadas en el párrafo anterior.

8. Los Presidentes decidieron finalmente que en sus reuniones, que en adelante realizarán cada 90 días, se dará espercial atención al seguimiento de esas cuestiones y de los trabajos de la mencionada Comisión Ministerial, con el propósito de asegurar los objetivos de un espacio económico integrado y dinámico.