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Argentina presenta propuesta sobre reducción de subsidios

Miércoles 20 Agosto 2003
Información para la Prensa N°: 
167/2003

Información
para la prensa nro. 167/2003

 

En la fecha (19/08) Argentina, Brasil, Chile, Bolivia,
Perú, India y China acordaron un texto alternativo al texto conjunto
para la negociación agrícola en la Organización
Mundial del Comercio (OMC) que presentaron el 13 de agosto la Unión
Europea y los Estados Unidos.

Dicho texto alternativo, basado en los objetivos establecidos
en los párrafos 13 y 14 del Mandato de Doha, contiene un esquema,
exento de compromisos cuantitativos, de modalidades para los tres pilares
de la agricultura (acceso a mercados, apoyo interno y subvenciones a
la s exportaciones). En el caso de que dicha propuesta fuera aprobada
por los Ministros, en ocasión de la V Conferencia Ministerial,
a celebrarse en Cancún del 10 al 14 de septiembre próximo,
la misma servirá de base para la conclusión, el 31 de
diciembre de 2004, de la negociación agrícola en la OMC,
conforme lo establece el párrafo 45 de la Declaración
Ministerial de Doha.

En apoyo interno (subvenciones a la producción),
el texto alternativo propone los siguientes mecanismos:

i) reducción sustancial, desagregada por productos,
de toda medida de apoyo interno que cause distorsiones al comercio (caja
ámbar) en un rango de porcentual a determinar. Aquellos productos
que se beneficiaron, en un período a definir, de mayores subsidios
a la producción deberán estar sujetos a los mayores porcentajes
de reducción. Se prevé asimismo un corte inicial significativo
en el transcurso del primer año del período de implementación,

ii) a aquellos productos que se beneficiaron de apoyo interno y que
fueron principalmente destinados a la exportación, se les aplicará
la tasa mayor de reducción, con vistas a su eliminación,
en vista de que los mismos deberían ser considerados como subsidios
a las exportaciones,

iii) eliminación de la caja azul (pagos directos sujetos a programas
de limitación de producción),

iv) reducción en un porcentaje a negociar del nivel de minimis
de los países desarrollados. Actualmente este valor de apoyo
interno distorsivo, exento de compromisoso de reducción, es equivalente
al 5% del total del valor de la producción agropecuaria,

v) reducción de al menos X% del monto total de la caja ámbar
y del de minimis,

vi) limitación y/o reducción de los programas de pagos
directos de caja verde (párrafos 5 a 13 del Anexo 2 del Acuerdo
sobre la Agricultura (AsA)) de los países desarrollados. Establecimiento
de disciplinas de caja verde (caja no distorsiva o mínimamente
distorsiva no sujeta a compromisos de reducción) más estrictas,

vii) ampliación de la cobertura del artículo 6.2 del AsA,
que establece medidas de apoyo interno a favor de los países
en desarrollo; y

viii) mantenimiento del actual nivel de minimis (10%) de los países
en desarrollo

En materia de acceso a mercados la propuesta prevé
los siguientes mecanismos:

i) fórmula mixta (“blended”) aplicable
a la reducción de aranceles de todos los productos agrícolas
de los países desarrollados, sobre la base de los siguientes
tres segmentos:

-X% de las líneas arancelarias sujetas a un corte porcentual.
En este caso para corregir el escalonamiento arancelario se aplicará
un factor, a determinar, a la tasa de reducción del producto
procesado, en el caso que su arancel sea superior al de su insumo en
forma primaria.

-Y% de las líneas arancelarias serán reducidas mediante
la aplicación de una fórmula suiza .

-Z% de las líneas arancelarias serán libres de derechos,

ii) el promedio total del corte de X e Y será de las menos un
porcentaje a determinar pero, en todo caso, significativamente mayor
de X,

iii) los aranceles finales no podrán exceder un límite
máximo a negociar,

iv) las cuotas tarifarias serán incrementadas hasta alcanzar
un porcentaje a definir del consumo interno y los aranceles intracuotas
serán llevados a 0%. Se acordaran disciplinas más estrictas
en materia de administración de cuotas. Se podrán acordar
incrementos mayores de cuotas como resultado de procesos de oferta/demanda,

v) se dejará sin efecto la actual salvaguardia especial para
los países desarrollados.

vi) los países desarrollados se comprometen a otorgar libre acceso
a todos los productos tropicales y otros que representen al menos un
porcentaje de las importaciones originarias de países en desarrollo,

vii) en función de su desarrollo rural y de sus necesidades de
seguridad alimentaria, los países en desarrollo se beneficiarán
de productos especiales (altamente sensibles), así como de reducciones
menores y mayores períodos de aplicación de los compromisos.
La fórmula de reducción arancelaria a ser aplicada por
los países en desarrollo será de una reducción
promedio de todos las tarifas agrícolas, con una reducción
mínima por línea de un porcentaje a determinar (similar
al esquema de la Ronda Uruguay). Los países en desarrollo no
tendrán compromisos en materia de ampliación de cuotas
ni de eliminación de los aranceles intra-cuota; y

viii) se negociará un nuevo mecanismo de salvaguardia especial
a favor de los países en desarrollo.

El pilar de subvenciones a las exportaciones comporta
los siguientes compromisos:

i) eliminación de los desembolsos presupuestarios
y cantidades de los subsidios a las exportaciones en un período
de X años, de los productos de particular interés de los
países en desarrollo,

ii) eliminación de los subsidios a la exportación en un
período de X+n años del resto de los productos,

iii) se establecerán disciplinas en materia de créditos
oficiales a la exportación, garantías y seguros de créditos
a la exportación, considerando en particular los posibles efectos
negativos sobre los países menos adelantados y los países
en desarrollo importadores netos de alimentos,

iv) se acordarán disciplinas adicionales en materia de ayuda
alimentaria, a fin de evitar la elusión de los compromisos; y

v) se prorrogará la autorización otorgada por el artículo
9.4 del AsA a los países en desarrollo para aplicar subsidios
a las exportaciones para reducir sus costos de comercialización
y tarifas y fletes de sus transportes internos.

Se prevé asimismo que, bajo condiciones a ser negociadas,
se tomen en consideración las necesidades de algunos países
en desarrollo con respecto a la erosión de sus preferencias.

Por último, se tomarán en consideración
las preocupaciones específicas de los países en desarrollo
que han accedido recientemente a la OMC.