La Administración de los EEUU dio a conocer ayer el resultado de la revisión anual del Sistema General de Preferencias (SGP), que involucra numerosos productos de diversos países.
El sistema establece que si un país supera para un producto 135 millones de dólares de exportaciones a EEUU o el 50% de participación en las importaciones totales del producto, queda excluido del sistema por considerarse suficientemente competitivo.
Los criterios de exclusión son objetivos pero el gobierno puede disponer discrecionalmente el otorgamiento de dispensas (waivers) a los mismos.
En el caso de nuestro país, solamente una nueva posición arancelaria resultó excluida: se trata de la posición 38249040, bajo la cual la Argentina exportó, en 2008, biodiesel por un valor superior a 770 millones de dólares y superó el 54% de participación en el mercado de importación de los EEUU. En este caso, nuestro país superó ambos parámetros.
Cabe destacar que las importaciones de los EEUU de este producto fueron en general atípicas durante el año 2008 debido a un mecanismo ajeno al SGP, y que permitía a operadores de EEUU mezclar el biodiesel importado con cantidades pequeñas de producto de EEUU y reexportarlo con apoyo oficial a terceros mercados.
Esto determinó que los valores importados desde todo origen en 2008 fueran muy superiores a los registrados históricamente, así como a los que se vuelven a registrar en lo que va del 2009, una vez discontinuado el mecanismo descripto.
Consecuentemente, la caída de importaciones de EEUU de este producto desde todo origen era previsible y ya se estaba apreciando a lo largo del 2009.
Por el contrario, continuarán gozando de preferencias a pesar de haber superado los límites, gracias a dispensas (waivers) concedidas por la Administración, tres posiciones de cueros y una de quesos. Estos productos continuarán ingresando libre de derechos, que son de 2,4% y 5% para cueros, y 15% para quesos.
De lo anterior se desprende que la reciente revisión ordinaria podría resultar poco significativa en el caso del biodiesel, cuyas exportaciones se efectuaron mayormente al amparo de los mecanismos antes mencionados, ajenos al Sistema General de Preferencias, en tanto que presenta como aspecto positivo el mantenimiento del estatus preferencial para los demás productos que habían superado los parámetros de exclusión.
Información para la prensa N° 191/09
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