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Argentina – EE.UU.: Taiana y Wayne firman mañana la ampliación del acuerdo de transporte aerocomercial

Lunes 2 Julio 2007
Información para la Prensa N°: 
246/07

El Canciller Jorge Taiana firmará mañana a las 10.30 hs. en el Palacio San Martín, junto al embajador de los Estado Unidos, Earl Anthony Wayne, la modificacion que otorga la amplicación del acuerdo de transporte aerocomercial entre ambos países, con el objetivo de expandir los servicios aéreos entre ambos países, aumentar el número de turistas que visitan la Argentina y pemitir que las líneas aéreas de nuestro país desarrollen nuevas rutas internacionales y afianzar así su presencia en el mundo.

La firma de este Acuerdo es una clara muestra para contribuir a la profundización de las relaciones de amistad, turismo y negocios entre ambos países.

Con la firma de estas notas reversales se pone en vigor la modificacion del acuerdo de transporte aerocomercial entre la Argentina y los Estados Unidos, que actualiza, amplía y mejora el acuerdo vigente, que data de 1985 (ley 23.426).

De este modo, la Argentina obtiene derechos de ruta en forma inmediata a 12 puntos puntos adicionales en los Estados Unidos y 14 desde marzo de 2008, a criterio de selección de nuestro país. Fuera de territorio estadounidense, la Argentina adquiere amplios derechos para que nuestras aerolíneas tengan la posibilidad de llegar con sus vuelos a diversas ciudades, además de Estados Unidos, y entender sus rutas a tres puntos en Canadá, cuatro en Asia (excepto Japón, China y Filipinas), ocho en Europa, cuatro en México Caribe, y un número indeterminado a puntos en el Caribe, Centroamérica y Sudamérica.

Por su parte, los Estados Unidos obtienen un incremento por etapas de frecuencias semanales que tienen asignadas sus aerolíneas: 77 en forma inmediata hasta llegar a 112 en marzo del 2009. Actualmente hay 56 frecuencias acordadas. Además, este país obtiene cuatro puntos adicionales en sus derechos de ruta, a su elección, en la Argentina y Sudamérica.

Cada país se compromete a considerar con buena disposicion los requerimientos de la otra parte en materia de medidas especiales de seguridad frente a amenazas particulares. Complementariamente, ambos países signatarios se reconocen la posibilidad de hasta 10 puntos adicionales para vuelos de código compartido, y se eliminan las restricciones de capacidad para vuelos no regulares.

En cuanto a las tarifas, las aerolíneas tiene libertad de fijar sus tarifas mientras que la intervención estatal queda limitada a tres casos: 1) prevención de precios o prácticas discriminatorias; 2) protección de consumidores de tarifas excesivas debidas al abuso de una posición dominante en el mercado; 3) protección de aerolíneas de tarifas articicialmente bajas debido a susidios gubernamentales.

En marzo de 2007 las autoridades de transporte aerocomercial de la Argentina y de los Estados Unidos habían acordado - ad-referendum- un Protocolo modificatorio del acuerdo bilateral vigente sobre Servicios de Transporte Aéreo entre ambos gobiernos, firmado el 22 de octubre de 1985 (Ley 23.426) y modificado por intercambio de notas reversales el 24 de noviembre de 2000. El acuerdo fue negociado en Washington por el Subsecretario de Transporte Aerocomercial, Ricardo Cirielli, en reuniones que tuvieron lugar en el Departamento de Estado.